Unificaron las penas de Báez: deberá cumplir 15 años de prisión por la Ruta del Dinero y Vialidad

El empresario, preso en el sur del país, había reclamado una unificación de penas por 6 años, algo que fue descartado por el Tribunal Oral Federal 4. La defensa puede recurrir ante la Cámara Federal de Casación.

El empresario Lázaro Báez deberá pasar 15 años de prisión debido a las dos condenas firmes que tiene en las causas Ruta del dinero K y Vialidad. La decisión lo tomó el Tribunal Oral Federal N° 4, al hacer lugar al pedido de pena que había planteado la fiscalía durante una audiencia.

Los jueces Néstor Costabel, Fernando Canero y Ricardo Basílico decidieron también el pago de una multa de seis veces el monto de lavado de activos comprobado en la «ruta del dinero K» para Báez, quien está detenido en una cárcel en Río Gallegos.

El empresario había sido condenados a diez años de cárcel por lavado de activos y a seis por administración fraudulenta en el caso Vialidad. Si bien la defensa había reclamado que la unificación fuera en 6 años, ese planteo fue rechazado por los jueces. 

Para definir la pena correspondiente, el Tribunal marcó que Báez utilizó “recursos y mecanismos que importan el abuso y manipulación de las formas jurídicas instituidas legalmente para fines lícitos, constituyendo sociedades pantallas (Shell Company) en jurisdicciones extranjeras consideradas por entonces como paraísos fiscales, a las que recurrió como personas jurídicas interpuestas y procurando el anonimato y secretismo que todo ello importó, y las utilizó como vehículos corporativos, como ser Teegan Inc., Fromental, Tyndall, Helvetic Servicess Group, Marketing & Logistic, entre otras”.

En consideración el monto millonario de la maniobra atribuida a Lázaro Antonio Báez (equivalente a US$54.800.000 cincuenta y cuatro millones ochocientos setenta mil dólares estadounidenses), como así también el dominio y disposición que aquél ejercía sobre esa masa dineraria, con la consecuente magnitud de afectación al bien jurídico protegido (orden económico y financiero), de lo que se deduce la extensión del disvalor de resultado y del contenido de injusto del suceso reprochado”, agregaron los magistrados federales.

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