El Poder Ejecutivo facilita la importación de alimentos a partir de una reducción de aranceles

La ANMAT eliminó las escalas de pagos que se aplicaban según el monto importado y solo cobrará el 0,5 % del valor FOB.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos, y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso hoy reemplazar el régimen de escalas de aranceles que pagan las empresas importadoras de alimentos y materiales que puedan estar en contacto con estos, como el caso de envases, por una sola tasa del 0,5% del valor FOB del bien adquirido en el exterior.

Así lo dispuso esta Administración a través de la Disposición 4538/2025 que se publicó hoy en el Boletín Oficial, con entrada en vigencia a los 30 días.

Para tener una magnitud de la baja que esto representa, solo en el primer trimestre de este año, con la aplicación de la actual escala, el costo empresario ascendió a $ 14.865  millones, y hubiera retrocedido a $ 2.863 millones, si se aplicara el arancel del 0,5% que entrará en vigencia a partir de la nueva disposición.

Desde el organismo, destacaron que “la revisión y modificación del régimen arancelario aplicable a tramitaciones de importación ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) tiene como objetivo promover la simplificación normativa, la eficiencia administrativa y una mayor equidad económica en los procedimientos arancelarios vinculados a productos alimenticios importados”.

Bajo el régimen vigente, pueden presentarse situaciones en las que el arancel a percibir resulte superior al valor FOB declarado o represente un porcentaje desproporcionado en relación al mismo.

Por ejemplo, con el método actual puedo estar ingresando $ 25.000 de mercadería y pagar más del doble ($52.500) de arancel.

Estas inconsistencias afectan la equidad del régimen arancelario, ya que el sistema escalonado puede derivar en un tratamiento regresivo para operaciones que se ubican al inicio de cada rango, o bien excesivo en casos de productos de menor valor.

En función de lo expuesto, y siguiendo las políticas dispuestas por el Ministerio de Salud, es que se estableció una tasa proporcional del 0,5% sobre el valor FOB declarado para los siguientes trámites:

• Aviso de importación de alimentos (por producto).
��� Aviso de importación de envases y productos en contacto con alimentos (por línea de productos de un mismo material y color).
• Aviso de importación de alimentos destinados exclusivamente para uso industrial del establecimiento importador (UPEI).
• Autorización de importación de alimentos y alimentos destinados exclusivamente para uso industrial del establecimiento importador (UPEI) consolidado (hasta un máximo de 4 presentaciones).
• Autorización de importación de envases consolidada (hasta un máximo de 4 presentaciones).

FUENTE DATACLAVE

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