Intervención en Alberdi: graves cuestionamientos legales y advertencias sobre el debilitamiento institucional

La abogada constitucionalista Carmen Fontán advirtió que la medida debió ser decidida por la Legislatura

La intervención del municipio de Alberdi continúa generando fuertes cuestionamientos en el ámbito jurídico. La abogada constitucionalista Carmen Fontán advirtió que el procedimiento elegido por el Ejecutivo provincial no solo es jurídicamente cuestionable, sino que además vulnera principios fundamentales de la autonomía municipal.

«La intervención solo puede hacerse por ley»

Según explicó Fontán, la Constitución de Tucumán, reformada en 2006, establece un sistema de autonomía para los municipios. En ese marco, la intervención de un gobierno local «solo puede concretarse a través de una ley«, es decir, con la participación y votación de la Legislatura provincial.

Acá hubo una sustitución del criterio legislativo por el de una sola persona: el gobernador. No correspondía un DNU, sino enviar un proyecto urgente a la Legislatura, aseguró la abogada.

El decreto invocado por el Ejecutivo cita la Ley Orgánica de Municipalidades, que solo contempla este tipo de intervención vía decreto si la Legislatura está en receso, lo cual no era el caso.

Un impacto institucional profundo

Uno de los aspectos más polémicos del decreto fue la intervención no solo del Departamento Ejecutivo municipal, sino también del Concejo Deliberante. Según Fontán, esto agrava aún más la situación institucional.

No se justificó por qué se intervino también el órgano colegiado, que fue elegido por el voto popular. Esto implica una grave afectación a la democracia local.

Para la abogada, lo más preocupante es que se haya anulado de facto el mandato de concejales que, hasta donde se sabe, no estarían involucrados en los hechos denunciados.

¿Una medida con trasfondo político?

Fontán también cuestionó los motivos reales detrás de la intervención, en especial el momento elegido para ejecutarla.

«Esto parece más una movida política que una decisión institucional. No se puede intervenir un municipio solo porque circuló un audio de WhatsApp, mientras que causas más graves, como las denuncias por desvíos de fondos en Banda del Río Salí, no tuvieron el mismo trato», advirtió.

La abogada remarcó que el procedimiento institucional adecuado era que el propio Concejo Deliberante suspendiera al intendente, como lo permite la Ley Orgánica de Municipalidades, y que luego la Justicia actuara conforme a la denuncia penal.

Sin controles sobre el interventor

Otro punto que genera inquietud es el nivel de poder concentrado que tendrá el interventor designado por el gobernador. Según Fontán, no habrá mecanismos locales para controlar sus decisiones.

«El interventor va a depender directamente del Ejecutivo. Va a asumir funciones ejecutivas y legislativas, sin contrapeso institucional. Y eso no es lo que establece la Constitución«, señaló.

Durante el período de intervención -que se extenderá hasta octubre-, la administración de Alberdi quedará totalmente en manos de una figura designada por el Ejecutivo provincial, lo que debilita la independencia en el manejo de recursos municipales.

Llamado a respetar la institucionalidad

Fontán subrayó que las instituciones tienen herramientas para actuar ante situaciones graves sin recurrir a atajos legales.

«Los atajos nunca traen soluciones para la gente. Hoy, los vecinos de Alberdi no van a estar mejor que hace una semana. Solo presencian un juego de poder«, concluyó.

La intervención del municipio de Alberdi se convierte así en una prueba clave para la institucionalidad en Tucumán, y abre una discusión urgente sobre los límites del poder del Ejecutivo en contextos de crisis políticas locales.

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