AFIP eliminó un requisito obligatorio para que empleadores accedan a créditos bancarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este viernes la eliminación del requisito de ausencia de deudas previsionales exigidas a los empleadores que quieran acceder a créditos bancarios.

Por medio de la Resolución General 5506/2024, el oganismo abordó una serie de disposiciones legales y medidas adoptadas con relación a las obligaciones previsionales de los empleadores y la simplificación de trámites.

El texto oficial deroga la norma que establecía un procedimiento simplificado para que las entidades financieras verificaran la situación de los empleadores respecto de sus obligaciones previsionales. Fundamenta la decisión en la derogación previa de la Ley N.º 14.499 y sus modificaciones, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023.

«Este Organismo se encuentra abocado a la revisión de los diferentes registros y regímenes de información implementados, que pudieran obstaculizar la agilización de los procesos, facilitación del comercio y eliminación de costos desproporcionados», sumó AFIP en un tramo del Considerando.

En otras palabras, la AFIP eliminó un requisito previo para que las entidades financieras otorguen créditos a los empleadores, ya que la información sobre las obligaciones previsionales de estos últimos ya está disponible en otros sistemas.

Las claves del nuevo decreto sobre créditos bancarios

  •  La derogación no significa que las entidades financieras no deban verificar la situación de los empleadores respecto de sus obligaciones previsionales.
  • Las entidades financieras pueden seguir utilizando otros medios para obtener esta información, como por ejemplo, consultando directamente a la AFIP o a las cajas previsionales.
  • Los empleadores siguen siendo responsables de cumplir con sus obligaciones previsionales.
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