El comentario de Cristina Kirchner por no poder salir al balcón: “Menos mal que no tengo macetas”
La ex presidenta ironizó sobre la prohibición que pesa sobre ella para el cumplimiento de su prisión domiciliaria. “Gente ridícula”, se quejó
Cristina Kirchner eligió un irónico comentario para referirse a la prohibición que le impuso la Justicia entre las reglas para el cumplimiento de su prisión domiciliaria: no poder salir al balcón. Lo hizo este miércoles, durante el discurso grabado que escuchó toda la militancia que la apoya en Plaza de Mayo, en el marco de una multitudinaria movilización.
“Hace exactamente una semana pregunté públicamente porque si yo estaba acabada no me dejaban competir. Bueno, ya respondieron, la respuesta es esta, yo aquí presa en San José 1.111, sin siquiera poder salir al balcón. Menos mal que no tengo macetas con plantas, porque ni siquiera las podría regar. Qué gente ridícula”, se quejó la ex presidenta, que empezó a cumplir este miércoles 18 de junio la pena a seis años de prisión que le impuso la Justicia por fraude a la administración pública.
Cristina Kirchner se refirió de este modo a una polémica derivada de su situación judicial, que había surgido horas después de la confirmación de la Corte Suprema del fallo judicial que la deja efectivamente presa, el pasado martes 10 de junio.
Las numerosas concentraciones de militantes que se formaron en los alrededores de su domicilio en la Ciudad de Buenos Aires provocaron actos de apoyo improvisados. Ella retribuyó esos gestos saliendo a saludar por el balcón de su departamento, en un ritual que se tornó habitual por aquellos días.
Tras el comienzo de la ejecución de la pena en contra de la ex jefa de Estado, la Justicia emitió una serie de requisitos que le imponen límites para cumplir con la condena.
De allí el comentario que pronunció esta tarde, ante miles de militantes que se movilizaron hacia Plaza de Mayo, a quienes les habló a través de grabaciones enviadas desde su departamento.Los abogados de la ex mandataria solicitaron que se especifiquen los límites de la prohibición y el alcance de la restricción sobre el uso del balcón. REUTERS/Mariana Nedelcu
En la antesala de ese pasaje de su discurso, Cristina Kirchner había reafirmado su hipótesis de por qué la Justicia avanzó sobre ella.
“¿Alguien puede pensar que esto es sostenible?”, dijo en alusión al programa económico que lleva adelante el presidente Javier Milei. La pregunta retórica, con respuesta negativa, acompañó otro comentario: “Lo peor es que el verdadero poder económico sabe que este modelo no tiene futuro, sabe que se cae. Por eso estoy presa”.
“Pero hay algo que deben entender todos, incluso ellos, los del poder económico concentrado. Pueden encerrarme a mí pero no van a poder encerrar al pueblo argentino. Los que están asustados son ellos, no somos nosotros”, cerró ese pasaje.
Presentación judicial
El debate público sobre las restricciones impuestas a Cristina Fernández de Kirchner durante su prisión domiciliaria ha llevado a su defensa a solicitar una aclaración judicial urgente. La ex presidenta pidió al Tribunal Oral Federal Nº 2 que precise si tiene permitido salir o no al balcón de su domicilio mientras cumple la condena de seis años por corrupción. La presentación busca evitar interpretaciones ambiguas que puedan derivar en sanciones adicionales.
El escrito, presentado por los abogados Carlos Alberto Beraldi y Ary Rubén Llernovoy, se fundamenta en la necesidad de definir con exactitud los límites de la restricción establecida en el apartado III.b de la resolución judicial. Esta regla de conducta ordena a la ex mandataria “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”. La defensa argumentó que la falta de claridad sobre si la salida al balcón está permitida o prohibida podría generar consecuencias sancionatorias para su representada.
El pedido de aclaratoria, fechado tras la notificación de la resolución judicial, solicita que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 indique de manera específica si la salida al balcón está prohibida en forma total o parcial y, en este último caso, cuáles serían los límites de la restricción. En el texto presentado, los abogados sostienen: “deviene imprescindible que V.E. indique si tal comportamiento se encuentra prohibido, ya sea en forma total o parcial y, en este segundo supuesto, cuáles son los alcances de la restricción”.
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