Sedición, autoritarismo informal y épocas oscuras: los insólitos argumentos de Arroyo Salgado para procesar militantes
La jueza federal de San Isidro hizo un ensayo político en el que acusó a los seguidores de Cristina Fernández de Kirchner de haber desatado un «clima de sedición» tras la confirmación de la condena de la expresidenta.
La jueza federal Sandra Arroyo Salgado escribió en una resolución que los seguidores de Cristina Fernández de Kirchner desataron un “clima de sedición” desde que la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena contra la expresidenta en el caso de Vialidad. Arroyo Salgado habló, además, de un “intento sistemático por condicionar el funcionamiento regular de las instituciones democráticas” y de una maniobra para “desconocer el fallo de la autoridad máxima del Poder Judicial”. Toda esa caracterización, que ni los voceros más encolerizados del Gobierno se animarían hacer, tuvo un objetivo: procesar a los militantes peronistas Alesia Abaigar, Eva Mieri e Iván Díaz Bianchi por un escrache en la casa del diputado nacional José Luis Espert, aliado del presidente Javier Milei y cultor del lema “cárcel o bala”.
El 17 de junio pasado, un grupo de personas llegó hasta el domicilio de Espert en Beccar. Desplegaron un pasacalle que decía “acá vive la mierda de Espert”. Bajaron bolsas con estiércol y dejaron 51 panfletos. La logística incluía el uso de un Clio y de una camioneta Chevrolet. Arroyo Salgado recién describe este hecho en la página 31 del procesamiento que dictó el viernes, al filo de la feria judicial. Reconoce que no tiene un informe que explique si los celulares de los acusados impactaron en las antenas cercanas al domicilio del economista ni puede identificar con las imágenes que cuenta a quienes habrían participado del escrache.
Pese a que la reconstrucción del hecho es sucinta, la enumeración de delitos invocados por la jueza federal de San Isidro es bastante extensa: atentado contra el orden público, amenazas agravadas e incitación a la persecución u odio contra otra persona a causas de sus ideas políticas. También acusó a Abaigar, por ejemplo, de falsificación, alteración o supresión de la numeración de un objeto registrado porque habría tapado con cinta negra la patente de su auto. En el caso de Mieri, Arroyo Salgado le sumó el delito de malversación de caudales públicos por haber supuestamente dispuesto de una camioneta que estaba cedida en uso en el municipio de Quilmes.
Lo que para quienes se interesaron en la causa no pasó de ser una protesta contra un funcionario público –que incluso declaró que no se sentía condicionado para ejercer la función legislativa–, para Arroyo Salgado pasó a ser un evento comparable con los momentos «más oscuros» del país.
A diferencia de lo que planteó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) –que actúa como amicus curiae (amigo del tribunal) en la causa y sostiene que fue una protesta y, por ende, no se trata de un delito–, la magistrada sostiene que los hechos investigados “exceden con creces el marco de una protesta legítima”. Para ella, la acción buscó condicionar la labor parlamentaria de Espert e intimidar a su familia, ya que comparte la residencia con su pareja y los hijos de ella.
La jueza cargó con severidad contra Abaigar y Mieri por su calidad de funcionarias públicas. Una es funcionaria bonaerense y la otra es concejala en el partido de Quilmes. “No se puede, en nombre de ningún ideal, corromper el pacto fundacional que justifica la existencia del Estado”, escribió en una relectura de los contractualistas un tanto inocente, ya que Thomas Hobbes, John Locke o Jean-Jacques Rousseau no pensaban en el pacto social para impedir protestas sino que unos mataran a los otros. “Transforma la representación política en una herramienta de intimidación”, continuó la magistrada.
La teoría de la sedición
Arroyo Salgado terminó haciendo un ensayo político sobre la coyuntura que se inició a partir del 10 de junio, cuando Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti confirmaron la pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua contra CFK. “Se desencadenó un clima de sedición por parte de algunos de sus seguidores en el que las intimidaciones, amenazas y hechos de violencia contra las personas y las cosas fueron escalando en un espiral de preocupante intensidad”, teorizó la jueza.
Se preocupó, en un pie de página de la resolución, por definir qué entendía ella por sedición: “alzamiento colectivo tumultuario contra autoridad, orden público o la disciplina militar, sin alcanzar la gravedad de la rebelión”. Lo curioso es que ni Patricia Bullrich que ha denunciado en más de una oportunidad intentos de “sedición” o de “golpes de Estado” por marchas al Congreso vio una situación similar por los actos en apoyo a CFK.
Según la jueza federal de San Isidro, se “evidencia una voluntad explícita de sectores ideologizados de desconocer el fallo de la autoridad máxima del Poder Judicial mediante actos de presión social, hostigamiento y violencia indirecta”. Ni el Tribunal Oral Federal (TOF) 2, que tiene a su cargo la ejecución de la pena de CFK, ni la Casación, que confirmó la detención domiciliaria, escribieron algo por el estilo.
Para sustentar su posición, Arroyo Salgado se enfocó en hacer un relevamiento de prensa. Allí, mencionó que militantes de La Cámpora entraron al canal TN, que hubo pintadas en los canales de streaming Neura y Olga y en Radio Rivadavia, que reforzaron la seguridad en los tribunales de Comodoro Py, que hubo posteos contra los integrantes de la Corte, que la DAIA denunció amenazas antisemitas contra el camarista Mariano Borinsky y que la Asociación de Fiscales hizo lo propio con respecto a Diego Luciani y Sergio Mola.
En un apartado de su resolución, Arroyo Salgado mencionó que se cantaba “con los huesos de Luciani vamos a hacer una escalera para que Cristina baje del balcón a la vereda”. Para ella, era una reversión de una canción de Montoneros que hablaba del dictador Pedro Eugenio Aramburu, ejecutado por la organización en 1970. “La evocación de Aramburu no se inscribe en una casualidad, sino en una señal implícita”, vaticinó la jueza.
Todas las caracterizaciones que enseñó Arroyo Salgado son muy graves, y podrían ser el plafón que justifique otras intervenciones sobre quienes salen a las calles a expresar su malestar con distintas acciones. Según ella, hay un “intento sistemático por condicionar el funcionamiento regular de las instituciones democráticas mediante diversas formas de violencia” y “lo que subyace a estos actos no es un conflicto puntual entre personas sino una estrategia tendiente a la disuasión institucional”.
La jueza también habló de “autoritarismo informal”. O sea, no es autoritario quien tiene el poder sino quienes “desde los márgenes” buscan controlar las instituciones “mediante actos violentos, presión simbólica o discursos de odio”. Llegó incluso a hablar de la construcción de la otredad negativa, parafraseando al sociólogo Daniel Feierstein, aunque, en ningún momento, mencionó, por ejemplo, cómo el Presidente se refiere a los opositores, que suelen ser comparados con ratas, cucarachas o mandriles.
Final abierto
Además de dictar el procesamiento de Abaigar, Mieri y Díaz Bianchi, Arroyo Salgado sobreseyó a otras cuatro personas. Por un lado, Eva Pietrovallo y Alberto Daniel Protti –la mamá y la expareja de Abaigar–, quienes llegaron a ser detenidos por tener la cédula azul del Clio. En el caso de Protti, declaró que hacía cinco años que no tenía comunicación con su quien había sido su novia.
La jueza adoptó el mismo temperamento con respecto a Aldana Sabrina Muzzio y Candelaria Montes Cato. En otra curiosidad de la resolución, Arroyo Salgado había anticipado que les iba a dictar una falta de mérito cuando analizaba la responsabilidad penal. Sin embargo, en la parte resolutiva, les concedió el sobreseimiento.
Los procesamientos serán apelados. Cuando eso se materialice, deberán ser analizados por la Cámara Federal de San Martín. Allí, sus dos integrantes, Néstor Barral y Alberto Lugones, vienen poniendo límites al accionar de la jueza –lo que quedó en evidencia con la decisión de excarcelar a Abaigar y a Mieri, a quienes Arroyo Salgado había enviado al penal federal de Ezeiza.
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